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Derecho de Familia · Córdoba Capital

Impugnación de paternidad en Córdoba

No toda impugnación se resuelve sólo con un ADN. Tipo de filiación, legitimación, plazos y efectos jurídicos que deben revisarse.

Información jurídicaÚltima revisión: 7 de agosto de 2026Entidad: Cejas & Asociados ↗

“Impugnar una paternidad” puede referirse a situaciones jurídicas diferentes. No es igual cuestionar una filiación presumida por la ley dentro del matrimonio que impugnar un reconocimiento extramatrimonial.

Para la filiación presumida, el hijo puede accionar en cualquier tiempo; para otros legitimados existe, como regla, un plazo de caducidad de un año computado según la inscripción o el conocimiento relevante. En la impugnación del reconocimiento, el hijo también puede actuar en cualquier tiempo y los demás interesados cuentan con un plazo anual en los términos del art. 593.

El reconocimiento voluntario es irrevocable: no puede simplemente “retirarse”. La prueba genética debe analizarse junto con la acción jurídicamente disponible y sus presupuestos.

En Córdoba

No existe una equivalencia automática entre “ADN negativo” y “se elimina la filiación”. En 2026 una Cámara de Río Cuarto confirmó, por mayoría, la estabilidad de un reconocimiento voluntario pese a un ADN negativo al no acreditarse vicio de voluntad en la vía planteada; el fallo tuvo voto disidente sobre la acción de impugnación. Es un excelente ejemplo de por qué la calificación jurídica importa. J6

Documentación útil

  • partida de nacimiento
  • acta de reconocimiento
  • fecha y circunstancias del reconocimiento
  • resultado de ADN si existe
  • documentación del momento en que se conoció la duda
  • expedientes o acuerdos filiales previos

Qué conviene evaluar

  • tipo de filiación
  • legitimación activa
  • plazo de caducidad aplicable
  • prueba genética
  • posesión de estado y vínculos consolidados
  • eventual TRHA/consentimiento

Preguntas frecuentes

¿Un ADN negativo elimina automáticamente la filiación?

No. Debe analizarse la acción, legitimación, plazos y naturaleza del vínculo jurídico.

¿Puedo revocar un reconocimiento voluntario?

El reconocimiento es legalmente irrevocable; su cuestionamiento exige la acción jurídicamente adecuada.

¿Hay plazos?

Sí, varias acciones de impugnación tienen plazos de caducidad para personas distintas del hijo.

¿El hijo puede impugnar en cualquier momento?

En los supuestos regulados por los arts. 590 y 593, el hijo puede accionar en cualquier tiempo.

Base jurídica

S1 arts. 573, 576–579, 589–593. J6


Fuentes oficiales y antecedentes

Contenido informativo general. No reemplaza el análisis jurídico de los hechos, documentación, plazos y antecedentes de un caso concreto. La normativa y los procedimientos pueden modificarse.

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